Las instrucciones de organización y funcionamiento indican que cada centro realizará un Plan de Formación del Profesorado partiendo de la detección de necesidades, del itinerario formativo desarrollado en el centro y de las líneas estratégicas propuestas desde el Departamento de Educación.
Para su planificación, organización, desarrollo y evaluación, los centros podrán contar con el apoyo de las asesorías de referencia de los CAP.
Como consecuencia de la puesta en marcha de los consejos de formación del profesorado en los Centros de Apoyo al Profesorado (CAP), es necesaria la existencia en cada centro de la figura del Responsable de Formación, que recaerá, preferentemente, en un miembro del equipo directivo o, en su caso, de la Comisión de Coordinación Pedagógica.
Entre sus funciones estarán la de dinamizar el proceso de elaboración del Plan de Formación del centro, transmitir las necesidades derivadas de dicho Plan al personal asesor de referencia del CAP al que pertenece, participar en el consejo de formación del CAP de su ámbito y representar, en su caso, al profesorado en dicho CAP.
En caso de que hubiera disponibilidad horaria por parte del centro, se podrían considerar en el horario personal del Responsable de Formación en el centro una o dos horas complementarias de dedicación a estas funciones.